martes, 6 de septiembre de 2011

Inglaterra: Common Law y Equity


La familia jurídica del Common Law sentó sus bases en el derecho inglés. El sistema legal de Inglaterra se ha ido configurando a través de la llamada tradición jurídica inglesa, es decir, por la confluencia de diferentes fuentes históricas que reflejan las distintas ideologías, instituciones, doctrinas y una manera específica de pensar.
Comenzaremos del estudio histórico de Inglaterra. Desde sus inicios, los pueblos de Inglaterra desarrollaron su cultura de manera independiente, ya que la tradición románica no tuvo fuerte influencia en los ingleses, sin embargo, se dice que los britanos del suroeste se asimilaron a la cultura de Roma ya que  era un lugar fértil donde  proliferaron ciudades al estilo romano, pero al ser la ciudad una zona de fácil acceso y muy codiciada por tener la característica antes mencionada, entonces fue objeto de invasión por los sajones.
La iglesia católica, para la evangelización, además de recurrir al latín se  tuvo que recurrir a otra lengua nativa la cual desarrolló en lengua anglosajona, misma con la que se escribieron las primeras leyes; pero esto no significó que se tuviera influencia romana.
Varios pueblos se asentaron en Inglaterra, por esta razón no se puede hablar de un derecho anglosajón único. El territorio se encontraba dividido en regiones, independientes unas de otras, pobladas por diferentes grupos entre los que están los sajones, jutos, anglos y daneses. Cada pueblo tenía su propio derecho y sus propias leyes de carácter consuetudinario por lo que tenían ciertas similitudes pero también sus discrepancias.
Luego de la batalla de Hastings (1066), Guillermo el Conquistador, duque de Normandía, accedió al trono inglés con el título de Guillermo I y unificó bajo una Corona los antiguos reinos anglosajones. Guillermo importó de Normandía el sistema feudal pero con características:
·         El poder del rey en la cabeza de los señores feudales; un gobierno centralizado quedando el monarca como único jefe del país
·       * Guillermo se consideraba heredero del trono y legitimado para ocuparlo, por esta razón podía tomar como rebeldes y decomisarles las tierras a aquellos que se le oponían y estas tierras las repartía entre sus seguidores,
·         * La importancia de la tierra como base del poder
·         * Impartición de justicia centralizada, limitaba la jurisdicción de los señores feudales

Para lograr la unificación de la administración de justicia y del derecho, era necesaria la labor de jueces reales. Se establecieron tres tribunales, en Londres en los Tribunales de Westminster:
-         * Tribunal del Tesoro para asuntos hacendarios
-         *Tribunal del Banco del Rey para jurisdicción tanto civil y penales
-         *Tribunal de Causas Comunes para jurisdicción civil
Para poder resolver asuntos de su competencia, los tribunales tenían que buscar lo que había en común en las costumbres locales para así crear un derecho unificado y las reglas resultantes de esto, más adelante llegarían a ser normas que serían aplicables en todo el país: Common Law o Comune Ley (normandos).
En un inicio los tribunales reales funcionaron como tribunales de excepción frente a los tribunales locales y para lograr su intervención, era necesario pagar a un canciller un writ o autorización legal. Luego estos writs se estandarizaron y así los litigantes obtenían los formatos que solo debían complementar con los datos particulares del caso: forms of action (formas de acción). El particular tenía que tomar el writ indicado para el caso ya que en caso contrario el juez podía rechazar el asunto.
Cuando empezaron a aumentar las demandas de los particulares, los writs comenzaron  a ser insuficientes y hubo descontento por parte de la población esto dando lugar al surgimiento de una nueva rama de derecho inglés: Equity. Se llevaba directamente la demanda al rey quien a su vez las turnaría a un canciller como la persona idónea para resolver el conflicto, por esta razón se tuvieron que crear los Tribunales de Cancillería el cual funcionó como tribunal de equidad. En este el canciller o jueces delegados debían tomar en cuenta las circunstancias especiales del caso, la intención y procurar hacerlo en el menor tiempo. Gozaron de absoluta discrecionalidad y se consideró desde entonces que los “remedios de equity” se originan y tienen su fundamento precisamente en la equidad.
La Equity nació como rama complementaría del Common Law, ya que con esta se podían resolver casos no previstos en el Common Law (carácter más rígido y formal) y se extiende a situaciones nuevas a lo que dio lugar a la creación de nuevas instituciones en Derecho procesal. Ambas, van de la mano ya que no se puede hablar de Equity sin Common Law, ya que “hubiera sido un castillo en el aire”.
Los jueces del tribunal de Cancillería adaptaron la regla del precedente judicial stare desicis: antes de dictar sentencia se examinan decisiones anteriores emitidas por otros jueces en casos similares, lo que se llamaría jurisprudencia de equity.  LA función del tribunal era ya más compleja por tanto el cargo de canciller lo desempeña un abogado.
En los años de 1873 y 1875 se hicieron reformas en la estructura del poder judicial surgiendo la Suprema Corte de Judicatura la cual estuvo integrada por los 3 Tribunales Reales más el Tribunal de Cancillería los cuales, cualquiera de estos podía aplicar los principios del Common Law y Equity.
El Derecho inglés, es un derecho jurisprudencial, es decir, un derecho creado por los jueces. 

Fuentes del Derecho Inglés:

a)     Jurisprudencia: teoría o filosofía del Derecho
b)     Case-law: con las decisiones emitidas por los jueces al resolver casos concretos.
c)     Ley (statute, act, law): emana del Parlamento
d)     La costumbre:
+ Costumbre general o costumbre inmemorial que era la costumbre de los antiguos reinos anglosajones.
+ Costumbre mercantil, en la Edad Media, se formó con las prácticas que comerciantes y mercaderes fueron adoptando con el objeto de crear normas especiales.
+ Costumbre local: la puede hacer valer una persona ante un tribunal buscando se reconozca y declare un derecho que ha venido ejerciendo por un tiempo determinad aceptando se convierta en Derecho Local.
e)     Doctrina: corresponde a textos antiguos que son considerados libros de autoridad. Éstos fueron considerados por los tribunales como manifestaciones auténticas del Derecho de su época.

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